AUTÓNOMOS

COVID-19

COMUNICADO AUTÓNOMOS – 19 Marzo 2020

📌Los autónomos obligados a cerrar su negocio por el estado de alarma o que hayan perdido el 75% de su facturación, ya tienen derecho a la prestación aprobada el pasado Consejo de Ministros.

Quienes se encuentren en esta situación estarán exentos de pagar cotizaciones a la Seguridad Social y, además, recibirán una prestación equivalente al 70% de la base reguladora, lo que supone un mínimo de 661€.

Si tienes dudas, consulta información oficial⤵
http://www.mitramiss.gob.es

AYUDAS COVID-19


AYUDAS PÚBLICAS DESTINADAS A PROMOCIONAR EL EMPLEO AUTÓNOMO 2019

LAS NUEVAS MEDIDAS PARA LOS AUTÓNOMOS 2018

La Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo introduce importantes novedades sobre las cotizaciones, los gastos deducibles y las bonificaciones de los autónomos, así como medidas para favorecer la contratación y la conciliación familiar.

Entre las medidas que ya entraron en vigor se destaca especialmente la posibilidad de contratar a familiares de hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad con una bonificación del 100% de la cuota; percibir el 100% de la pensión mientras el autónomo sigue trabajando y tiene un asalariado a su cargo o la deducción de los gastos de comida.

No obstante, estas son las medidas quizás más significativas y que más pueden apoyar y facilitar la actividad laboral del emprendedor:

Ampliación de la tarifa plana.

Se amplía a 24 meses la tarifa plana para nuevos autónomos con los siguientes tramos: 12 meses a 50 euros, 6 con una reducción del 50% de cuota y otros 6 con una reducción del 30%.  Además, los hombres menores de 30 años y las mujeres menores de 35, tendrán una bonificación extra un año más. Tampoco será necesario no haber estado dado de alta como autónomo en los últimos 5 años, sino en los últimos 2.

Deducciones fiscales

Suministros domésticos, el autónomo que trabaje desde casa podrá deducirse un 30% en el IRPF de los suministros de electricidad, gas, agua, telefonía e internet de la parte de la vivienda afecta a la actividad. Gastos por manutención, el autónomo podrá deducirse 27,27 euros diarios (48 euros en el extranjero) en concepto de gastos de dietas y manutención.

Novedades en el Sistema de cotización

-Pago por días reales de alta, en lugar de pagar la cuota de autónomos por meses completos como hasta ahora, sólo cotizarán desde el día efectivo en que se den de alta y hasta el día en que se den de baja en las tres primeras ocasiones a lo largo del año que cursen alta en el RETA.

-Plazos para los cambios de cotización, se amplia de dos a cuatro los posibles cambios anuales de base de cotización.

-Límites al número de altas y bajas en el año, los autónomos podrán darse hasta tres veces de alta y de baja en el mismo año y realizar el pago proporcional a la cuota desde la fecha de alta y sin contar la mensualidad completa. A partir de la cuarta alta la Seguridad Social contabilizará el mes completo.

Reducción de los recargos por retrasos

Las penalizaciones por retrasos en el pago de la cuota a la Seguridad Social, que anterioremente suponían un recargo del 20%, se reducen a un recargo del 10% si se paga la deuda dentro del primer mes natural siguiente.

Para más información:

Ley 6/2017 de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.

OTROS ENLACES Y DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

Ayudas a la autoocupación 2018, ayudas para iniciar, mantener y consolidar tu proyecto de ocupación autonoma.

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